En México, el marco regulatorio para la comunicación de riesgos de productos químicos en el ámbito laboral es la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
Su principal objetivo es alinear a México con el Sistema Globalmente Armonizado (SGA/GHS), específicamente con su quinta revisión. La NOM-018-STPS-2015 busca estandarizar la forma en que se comunican los peligros a los trabajadores, garantizando así un entorno laboral más seguro mediante el uso consistente de Hojas de Datos de Seguridad (HDS) y un etiquetado claro y unificado.
Sin embargo, el proceso técnico para la clasificación de peligros de las sustancias químicas en México se rige por la Norma Mexicana NMX-R-019-SCFI-2011, la cual funciona como el sistema armonizado de clasificación y comunicación de peligros. Es crucial entender que, si bien esta norma dicta cómo se deben clasificar los peligros, la comunicación de estos a través de la etiqueta y la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) en el centro de trabajo se debe realizar de conformidad con la NOM-018-STPS-2015.
La Hoja de Datos de Seguridad debe incluir 16 secciones específicas:
El etiquetado de productos químicos en México debe abordarse desde una perspectiva dual: el etiquetado para el centro de trabajo (regulado por la STPS) y el etiquetado para la comercialización al público (regulado principalmente por la Secretaría de Economía y COFEPRIS).
1. Etiquetado en el Centro de Trabajo (NOM-018-STPS-2015):
Este es el etiquetado basado en el GHS y es obligatorio para todos los contenedores de sustancias químicas peligrosas dentro de una instalación laboral. Su objetivo es la seguridad del trabajador. Los elementos requeridos en español son:
2. Etiquetado para la Comercialización y el Consumidor Final:
Para comercializar un producto químico en México, la etiqueta debe cumplir con una base de información comercial y, adicionalmente, con normativas sanitarias o específicas del producto.
Norma Base Comercial: La NOM-050-SCFI-2004 establece la información comercial general que todos los productos deben presentar al consumidor, como el nombre del producto, cantidad, país de origen, y los datos del responsable del producto en México. Es el punto de partida para cualquier producto destinado a la venta al público.
Normas Suplementarias y Específicas: Sobre la base de la NOM-050, se deben añadir los requisitos de otras NOMs que apliquen según la naturaleza del producto. Es crucial identificar y cumplir con estas capas adicionales de regulación. Por ejemplo:
Para un profesional de Asuntos Regulatorios, la clave es realizar un análisis completo del producto para determinar qué conjunto de normativas de etiquetado aplican y asegurar que la etiqueta final integre todos los elementos requeridos de manera clara y correcta.
Un pilar fundamental de la NOM-018-STPS-2015 es la capacitación y adiestramiento. Los patrones tienen la obligación de formar a todos los trabajadores que manejen sustancias químicas sobre:
Esta formación debe ser continua y actualizada, especialmente cuando se introducen nuevos productos químicos o cambian los procesos, asegurando que el conocimiento de los trabajadores sea siempre pertinente para su protección.