Regulaciones químicas

Europa

Centros antivenenos, UFI y formato unificado de notificación

¿Qué son los Centros de Información Toxicológica?

Los Centros de Información Toxicológica desempeñan un papel fundamental en la seguridad química, ya que proporcionan asesoramiento médico inmediato en caso de exposición a sustancias peligrosas. Son esenciales en situaciones de incidentes químicos y emergencias por intoxicación, garantizando que el tratamiento adecuado se administre con rapidez. Para respaldar esta función, las empresas que comercializan mezclas peligrosas están obligadas a facilitar información detallada sobre dichas mezclas a los Centros de Información Toxicológica. Esto permite que los centros identifiquen con precisión las sustancias implicadas en un incidente y ofrezcan indicaciones exactas para el tratamiento médico.

¿Qué es el Anexo VIII del Reglamento CLP y cómo se relaciona con los Centros de Información Toxicológica?

El Anexo VIII del Reglamento de Clasificación, Etiquetado y Envasado (CLP) detalla los requisitos para que las empresas notifiquen a los Centros de Información Toxicológica sobre las mezclas peligrosas que introducen en el mercado. Este anexo obliga a presentar información específica, incluyendo la composición de la mezcla, la clasificación del peligro y el identificador único de fórmula (UFI). El objetivo del Anexo VIII es armonizar la información facilitada a los Centros de Información Toxicológica en todos los Estados miembros de la UE, garantizando una respuesta de emergencia coherente y fiable en toda Europa.

¿Qué es el Identificador Único de Fórmula (UFI) y cómo afecta al etiquetado de productos químicos?

El Identificador Único de Fórmula (UFI) es un código alfanumérico de 16 caracteres que debe figurar en la etiqueta de los productos que contienen mezclas peligrosas. El UFI es esencial para vincular un producto con la información específica presentada a los Centros de Información Toxicológica. En caso de emergencia, este código permite que los Centros identifiquen rápida y exactamente la mezcla química implicada, proporcionando así recomendaciones médicas precisas. El requisito del UFI forma parte del esfuerzo por estandarizar la información sobre la seguridad química en Europa, y debe incluirse en las etiquetas de los productos en función de unos plazos determinados según el tipo de uso.

¿Cuáles son los requisitos clave para la notificación a los Centros de Información Toxicológica según el Anexo VIII?

Las empresas deben proporcionar información detallada sobre las mezclas peligrosas, incluyendo:

 

  • Datos de contacto: Información sobre la empresa responsable de la notificación.
  • Nombre(s) comercial(es): Incluyendo cualquier marca o nombre de variante.
  • Envasado y categoría del producto: Tipo, tamaño y uso previsto del producto.
  • Información sobre peligros: Clasificación de peligrosidad para la salud humana y peligros físicos.
  • Información toxicológica: Posibles vías de exposición y efectos.
  • Composición completa de la mezcla: Todos los componentes y sus concentraciones.
  • Identificador Único de Fórmula (UFI): Debe generarse e incluirse en la etiqueta.

 

La notificación debe presentarse utilizando el formato armonizado de Notificación a los Centros de Información Toxicológica (PCN), que garantiza la uniformidad en todos los Estados miembros de la UE. Las notificaciones deben realizarse antes de que el producto se comercialice, y los plazos dependen del uso final del producto (consumo, profesional o industrial).

¿Cómo se presenta la información a los Centros de Información Toxicológica?

Las empresas pueden presentar la información requerida a través del portal de presentación de ECHA, que ofrece varios métodos según los procesos internos de la empresa:

 

  • Presentación online: Directamente a través del portal utilizando los servicios en la nube de IUCLID.
  • Servicio sistema a sistema: Para envíos automatizados desde los sistemas de la empresa.
  • Preparación offline: Utilizando IUCLID para la introducción manual de datos y almacenamiento local.

 

El portal de ECHA permite a las empresas presentar notificaciones a varios Estados miembros a la vez, hacer seguimiento del estado de las presentaciones y asegurar la calidad de los datos antes de enviar la información. Este enfoque armonizado ayuda a mantener la coherencia y seguridad de la información en toda la UE.

¿Cuáles son los plazos para cumplir con el Anexo VIII?

Los plazos para notificar a los Centros de Información Toxicológica según el Anexo VIII son:

 

  • 1 de enero de 2021: Para mezclas destinadas a uso por consumidores y profesionales.
  • 1 de enero de 2024: Para mezclas destinadas a uso industrial.

 

Las mezclas ya notificadas conforme a la legislación nacional seguirán siendo válidas hasta el 1 de enero de 2025, a partir de esa fecha será obligatorio cumplir con los nuevos requisitos. Las empresas deben asegurarse de que cualquier cambio en sus mezclas o productos se actualice puntualmente en sus notificaciones para evitar incumplimientos.

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